Alumna gana amparo a escuela para ir con el cabello azul
La menos de edad acudió a las autoridades, porque en su escuela no la dejaban ingresar por teñirse el cabello de color azul.
Fue en Zacatecas, donde una alumna de secundaria y sus padres tramita y gana un amparo, contra la institución educativa que no dejó entrar a al menor a clases, porque llevaba en cabello pintado de color azul.
Ya que se trata de una menor de edad, el documento público del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Zacatecas omite el nombre de la joven, así como de sus padres, quienes la acompañaron y respaldaron en este proceso.
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¿Por qué no la dejaron entrar con el cabello azul?
La adolescente acudió a la escuela, como en cualquier otro día. Pero la detuvieron en la puerta, porque llevaba el cabello en color azul y por reglamento no podía acudir así a la escuela secundaria.
En la institución se basaron en el punto 12 del reglamento interno interdisciplinario, el cual estipula que:
“Los alumnos deberán traer un corte de cabello natural y sin gel (no cortes estilizados). Los alumnos deberán traer peinado adecuado, no estrafalario, sin tinte, sin mechas o rayos”.
Pero ni la joven, ni sus padres se quedaron con los brazos cruzados, mientras ella perdía clases, por el tono de su cabello. Así que iniciaron un juicio de amparo contra la Directora de la Escuela Secundaria y al final ganaron.
Alumna gana amparo para llevar el cabello azul a la secundaria
Después de escuchar a ambas partes, la jueza María Citlallic Vizcaya Zamudio, del Juzgado Segundo de Distrito en Zacatecas, dictaminó a favor de la alumna y sus padres. Ya que consideró que la escuela vulneró el derecho de la estudiante al libre desarrollo de la personalidad.
Antes de tomar la decisión, escuchó ambas partes, pero también se revisó la constitucionalidad de los fines de la medida y se realizó un examen de proporcionalidad en sentido estricto de la medida en función del bien jurídico.
Fue en ese momento en que la jueza revisó los artículos 1º y 3º de la Constitución en los que se indica que todo individuo gozará del derecho a la educación. Tomando en cuenta todos los conceptos, incluso el emitido por la Suprema Corte de Justa de la Nación (SCJN) que establece:
“Deriva del derecho de todo individuo a elegir en forma libre y autónoma su proyecto de vida”.
Este caso hace recordar al de una alumna en Oaxaca, quien también se amparó, pero para poder ingresar a la escuela con pantalón. Por lo que con estos antecedentes más alumnos podrían presentar sus propios argumentos en caso de que las escuelas les nieguen la entrada, por su corte de cabello o bien por pantalón.